Sentencia del TSJUE relativo a cláusulas suelo

21 diciembre 2016
Mg1572

Una vez conocida la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad de las cláusulas suelo en determinados contratos de préstamo hipotecario, la Asociación Española de Banca quiere hacer las siguientes consideraciones:

1.- En primer lugar, expresar nuestro máximo respeto a la resolución de este alto Tribunal de Justicia europeo y afirmar la voluntad de las entidades bancarias españolas de acatar las decisiones judiciales, como siempre han hecho.

2.- Consideramos que ahora es fundamental conocer en detalle el contenido de la resolución y cómo se trasladará esta a la jurisprudencia española, puesto que no existen precedentes de casos parecidos. En particular, será preciso conocer los plazos y el procedimiento en los que esta resolución tendrá que llevarse a efecto.

3.- Asimismo, hacer constar que los bancos afectados están abiertos a una interlocución directa con sus clientes a fin de agilizar la aplicación de esta resolución.

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