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El Economista

El Brexit desde la perspectiva financiera

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Negociar la equivalencia entre la regulación británica y europea es una opción.

Tal y como se había anunciado, la primera ministra británica Theresa May ha activado esta semana el artículo 50 del Tratado de la Unión, arrancando con ello el proceso de salida del Reino Unido de la UE. A pesar de la tradicional distancia que han marcado los británicos respecto del proyecto comunitario (el cheque británico, la no integración en la eurozona) su carácter pragmático, vocación internacional, experiencia en cuestiones financieras y, por qué no, su dominio de la lengua franca, han hecho que el Reino Unido ejerza un papel clave que ha compensado el progresivo debilitamiento del eje franco-alemán. Su marcha no puede entenderse sino como una pérdida para todos desde múltiples perspectivas.

Se inicia ahora un proceso rodeado de incertidumbres y complejidades que el sector financiero europeo vigila con particular inquietud, entre otras, por dos razones. La primera es que se trata de un sector muy regulado, mucho más que otros, lo cual incrementa notablemente la complejidad en la negociación del Brexit. La segunda se refiere al papel central de la City de Londres como centro financiero comunitario, cuya previsible pérdida de supremacía empieza ya a materializarse. Con apenas dos años para la negociación del acuerdo de salida del Reino Unido, la alta complejidad del proceso y el elevado grado de politización al que estará sometido dibujan un panorama de máxima incertidumbre. Hace unos meses, el escenario central, en opinión de muchos observadores, era el de alcanzar un acuerdo en 2019, al que le sucedería un periodo de transición de varios años durante el cual se produciría un ajuste progresivo a las nuevas condiciones creadas tras la salida del Reino Unido. Aunque, los mensajes lanzados por Theresa May y su apuesta por un Brexit limpio o clean Brexit (sin paños calientes) han hecho perder a muchos la esperanza de que exista este periodo de transición, lo cierto es que la carta de la primera ministra declarando el artículo 50 sí recoge, sin embargo, la conveniencia de contar con una transición que suavicen el efecto del Brexit y asegure un proceso ordenado, lo cual es sensato.

A pesar de la diversidad de escenarios posibles, muchos consideran que el Brexit implicará, en todo caso, que el Reino Unido pase a ser un país tercero para la UE y con ello los bancos británicos perderían seguramente el pasaporte comunitario que les permite hoy operar en la UE con los mismos derechos que sus pares comunitarios. Esto podría crear una eventual disrupción de servicios transfronterizos y de los contratos firmados. ¿Qué cabría esperar de la negociación para moderar este tipo de disrupciones?

Ver artículo completo de Rocío Sánchez Barrios, Directora de Public Policy de la AEB, en El Economista.