Gestionar los riesgos relacionados con el medio ambiente y el cambio climático es una prioridad para todo el sector financiero.
Por ello, las autoridades -principalmente europeas- y la industria llevan mucho tiempo trabajando en diferentes áreas, como por ejemplo, la definición de las necesidades de capital para cubrir las potenciales pérdidas en los balances bancarios derivadas de catástrofes medioambientales (riesgos físicos) o como consecuencia del impacto que pudiesen tener algunas políticas públicas en la capacidad de pago de los clientes bancarios (riesgos de transición); o el establecimiento de nuevas necesidades de reporte supervisor, de divulgación pública o de gobernanza de las entidades.
Este paquete normativo, que ha venido a llamarse en Europa de ’finanzas sostenibles‘, se caracteriza por la ambición de las reformas que se quieren llevar a cabo. Hasta la fecha, el mayor foco se ha puesto en las obligaciones de divulgación pública.
En las próximas semanas los bancos europeos de un determinado tamaño, entre los que estarán gran parte de las entidades de crédito españolas, publicarán por primera vez la ratio de activos verdes (GAR, por sus siglas en inglés) que expresa el porcentaje de los activos bancarios que tienen una naturaleza ’verde‘, es decir, la ratio de sus activos considerados verdes según la taxonomía europea divididos por el total de activos del balance consolidado.
Toda iniciativa de divulgación pública que tenga que ver con los esfuerzos realizados por el sector financiero para garantizar la transición ordenada a una economía más sostenible es bienvenida por lo que supone de transparencia. No obstante, existe el consenso entre gran parte de los agentes participantes en el sistema financiero de que el GAR no representa de manera fidedigna los esfuerzos realizados por los bancos en materia de sostenibilidad y tiene ciertas limitaciones de metodología. Lo que lleva a recomendar que se use con cierta cautela y no como único indicador de progreso de las entidades en esta materia, entre otras, por las siguientes razones.
En primer lugar, esta métrica sólo mostrará una pequeña parte de los esfuerzos de las entidades para financiar la transición hacia una economía más respetuosa con el medio ambiente, ya que esta ratio solo se refiere a actividades cubiertas por la taxonomía europea, excluyendo otras actividades que no han sido tenidas en cuenta por el marco, pero que no son necesariamente dañinas para el medio ambiente. Es decir, no permite reflejar los esfuerzos que se dedican a financiar la transición de algunos sectores, aunque se trate de proyectos enfocados hacia la sostenibilidad.
Por ello, un banco puede estar realizando progresos significativos ayudando a sus clientes de sectores muy contaminantes a reducir su impacto medioambiental negativo, y en la mayoría de los casos esta financiación no se reflejará en el GAR porque estas actividades aún no son completamente verdes. Esto es asumido por las propias autoridades, como la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés), que explica que los criterios de la taxonomía son muy estrictos y no considera un gran volumen de actividades que contribuyen a la transición de la economía.
Es importante que el sector bancario no sólo financie actividades que ya puedan considerarse alineadas con la taxonomía de la UE, sino también -y muy importante- que financie actividades que puedan apoyar la transición de las empresas.
En segundo lugar, existen fallos estructurales en la ratio, que se materializan principalmente en la asimetría de criterios del numerador y denominador y que hacen que sea difícilmente comparable entre entidades.
Esta problemática se focaliza principalmente, aunque no exclusivamente, en la financiación a empresas fuera de la UE, a pymes (que no informan sobre lo ’verdes‘ que son sus actividades) y actividades que no están cubiertas por la taxonomía, que no computan en el numerador pero sí en el denominador, de manera que aquellas entidades con modelos de negocio centrados en la financiación a estas actividades tendrán previsiblemente una menor ratio y, por tanto, se verán penalizadas. Esto se traduce en que el valor del GAR variará dependiendo del modelo de negocio, la composición del balance, la base de clientes y su localización geográfica.
Finalmente, se echan de menos criterios de alineamiento de la taxonomía que garanticen una implementación homogénea entre bancos y faciliten la comparabilidad entre el GAR de las entidades.
Con todo lo anterior, cabe esperar que, además de no ser comparables los porcentajes que los bancos proporcionarán, éstos serán bajos, ya que estarán condicionados en gran medida por estas limitaciones.
Cualquier análisis que tenga en cuenta exclusivamente este tipo de métricas, sin considerar otros análisis más profundos de métricas adicionales, podría llevar a conclusiones erróneas sobre los esfuerzos realizados por los bancos en sus procesos de descarbonización de las carteras crediticias.
Dadas las limitaciones metodológicas del GAR y los problemas prácticos de utilización, la revisión prevista por parte de la Comisión Europea de esta ratio en 2024 es bienvenida y el sector bancario contribuirá activamente al debate para mejorar la utilidad de la ratio, en aras de asegurar la transparencia del rol activo que están desempeñando las entidades en la financiación de la transición de la economía hacia modelos descarbonizados. Porque, sin duda alguna, la transición de la economía debe estar en la primera línea de la agenda política.
Pedro Cadarso, asesor de la Asociación Española de Banca