Una de las mayores preocupaciones durante la crisis fue mantener un flujo adecuado de financiación a las pymes. Consideren en este sentido la importancia de la pequeña y mediana empresa en nuestro tejido productivo, al mismo tiempo que su creciente papel en la necesaria apertura exterior de nuestra economía.
La Ley 5/2015 de 27 de abril de Fomento de la Financiación Empresarial incluía dos importantes iniciativas para mejorar el contexto de financiación de las pymes: la primera, hacer más accesible y flexible la financiación bancaria; la segunda, potenciar medios alternativos de financiación. Sin entrar en los motivos por los que la financiación a las pymes decayó tan sustancialmente durante la crisis, lo cierto es que las medidas que se tomen para evitar que vuelva a ocurrir son bien-venidas y deseadas por todas las partes. Las entidades financieras son las primeras interesadas en poder dar más financiación a sus clientes pymes.
Es su negocio minorista, del que dependen fundamentalmente sus resultados. Lo están demostrando en es-
tos momentos en que el nuevo crédito a las pequeñas empresas crece a ritmos por encima del 5% anual. Volviendo a la ley anterior, establece algunas obligaciones a los bancos. Por un lado, la elaboración de una extensa información sobre la situación financiera e historial de pagos que se plasmará en un documento denominado Información financiera PYME con sus correspondientes plantillas diseñadas por el Banco de España. Esta información deberá ser facilitada a la pyme. A su vez, encomienda al organismo tanto la especificación del contenido y del formato del mencionado documento como la elaboración de una metodología estandarizada para evaluar la calidad crediticia de las pymes y autónomos con la que se pueda obtener una calificación del riesgo. El desarrollo de todo lo anterior se plasma en la circular 6/2016 del Banco de España que entrará en vigor el próximo 11 de octubre.
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