La política de prevención del blanqueo de capitales responde a la necesidad de combatir la criminalidad derivada del tráfico de drogas, el terrorismo o la delincuencia organizada, entre otras actividades ilícitas que empeoran nuestro mundo.
Los intentos de utilizar el sistema financiero para el blanqueo de capitales son bien conocidos. Por ello, los bancos deben cumplir una exigente y amplia regulación, tanto a escala nacional como europea, para prevenirlos. Esta regulación establece obligaciones en materia de diligencia debida, información y medidas de control interno.
En concreto los bancos deben identificar a todas aquellas personas físicas o jurídicas que pretenden establecer relaciones de negocio o cualquier tipo de operaciones. De esta forma, está prohibida la apertura, contratación o mantenimiento de cuentas, cajas de seguridad o activos en gestión si no se realiza previamente dicha identificación.
El Sepblac es La unidad de Inteligencia Financiera de España y la Autoridad Supervisora y en materia de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo. Los bancos españoles destacan especialmente por su diligencia y cumplimiento en la colaboración con las autoridades en la lucha contra este delito. La información de cualquier actividad que resulte sospechosa es fundamental para tener éxito en este objetivo.
Las nuevas formas de criminalidad económica y la creciente complejidad y sofisticación de los esquemas de blanqueo de capitales llevan a los bancos a dedicar importantes recursos, humanos y materiales para su prevención, lo que consiguen tanto de forma individual como en colaboración con la administración. La colaboración público-privada y la coordinación a nivel internacional son claves para luchar contra la utilización del dinero de procedencia delictiva y de esta forma eliminar la financiación de organizaciones criminales.
José Luis Martínez Campuzano, portavoz de la Asociación Española de Banca